Artículo 22. Notificaciones a la Comisión Europea.
Artículo 22 del Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación. · BOE-A-2010-11184
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-07-16.
Texto consolidado
Corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino proporcionar a la Comisión Europea la evaluación preliminar del riesgo de inundación, los mapas de peligrosidad por inundaciones, los mapas de riesgo de inundación y los planes de gestión del riesgo de inundación, así como sus revisiones y en su caso, sus actualizaciones, en un plazo de tres meses a partir de las fechas indicadas en artículo 7 apartado 8, artículo 10, apartado 6, artículo 13 apartado 7 y artículo 21.