Artículo 22. Plazo de resolución.
Artículo 22 del Real Decreto 848/2017, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de destinos del personal de la Guardia Civil. · BOE-A-2017-10832
Atención: Real Decreto 848/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La resolución de asignación de destinos vacantes se dictará en el plazo de tres meses desde la fecha límite de presentación de solicitudes y se publicará en el «Boletín Oficial de la Guardia Civil».