Artículo 22. Subdirección General de Transparencia y Buen Gobierno.
Artículo 22 del Real Decreto 615/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, A.A.I. · BOE-A-2024-15944
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-08-03.
Texto consolidado
La Subdirección General de Transparencia y Buen Gobierno tiene encomendadas las siguientes funciones:
a) Supervisar el cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa contenidas en el capítulo II del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
b) Proponer a la Presidencia la adopción de las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 9.2 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
c) Proponer a la Presidencia la adopción de criterios de interpretación uniforme de las disposiciones previstas en el capítulo II del título I de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
d) Tramitar cuantas cuestiones y consultas le sean planteadas en relación con las materias de transparencia y buen gobierno.
e) Realizar el seguimiento del cumplimiento de las resoluciones del Consejo dictadas en aplicación del artículo 24 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
f) Elaborar las propuestas de los informes mencionados en el artículo 154.7 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre.
g) Aquellas otras que les sean encomendadas por la Presidencia del Consejo.