Artículo 22. Plazo de emisión de los informes.
Artículo 22 del Real Decreto 53/2023, de 31 de enero, por el que se aprueba el Reglamento del Comité Español de Ética de la Investigación. · BOE-A-2023-2632
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-02.
Texto consolidado
Los informes del Comité a los que se refiere el artículo 2.1 de este reglamento se evacuarán en el plazo máximo de cuatro meses. No obstante, el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación podrá solicitar que el informe se realice con carácter urgente, en cuyo caso el plazo de emisión no será superior a quince días.