Artículo 22.
Artículo 22 del Real Decreto 2878/1979, de 7 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona. · BOE-A-1979-30655
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-01-18.
Texto consolidado
La Academia, reunida en Junta general, deliberará y acordará sobre todos los asuntos de la misma, gubernativos y económicos, adjudicación de premios, concesión de recompensas, elección de nombramiento de Académicos y cargos de la Junta de Gobierno, aprobación de informes y relaciones culturales.
El Presidente la reunirá cuando, a su juicio, la exijan los asuntos de la Corporación, por lo menos dos veces al año.