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Real Decreto Derogada

Artículo 22. Dirección General de Comunicación e Información Diplomática.

Artículo 22 del Real Decreto 1271/2018, de 11 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y por el que se modifica el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales. · BOE-A-2018-13932

Atención: Real Decreto 1271/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Corresponde a la Dirección General de Comunicación e Información Diplomática el ejercicio, de las siguientes competencias:

a) El ejercicio de la portavocía oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación y la difusión de las informaciones sobre la política exterior de España y las actividades del Departamento.

b) La coordinación y planificación de las labores de portavocía llevadas a cabo por las Secretarías de Estado, Direcciones Generales, Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares de España.

c) La gestión de los contenidos, apariciones e intervenciones del titular del Departamento y demás altos cargos ante los medios de comunicación.

d) El análisis y la distribución de la información obtenida a través de los diversos canales informativos a los servicios centrales del Ministerio y a las Representaciones de España en el exterior, así como a las Misiones Diplomáticas extranjeras acreditadas en España.

e) La elaboración de la estrategia de comunicación del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

f) El diseño, la actualización y gestión del portal del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación en Internet y sus contenidos; así como la propuesta y ejecución de la estrategia de redes sociales del Departamento y Representaciones de España en el exterior.

g) Las acciones de comunicación de carácter institucional y las competencias en materia de implementación de la identidad institucional del Departamento.

h) La coordinación y planificación de las labores de comunicación llevadas a cabo por las Secretarías de Estado, Direcciones Generales, Misiones Diplomáticas, Representaciones Permanentes y Oficinas Consulares de España.

i) La elaboración de la estrategia de diplomacia pública del Departamento y la elaboración de planes de acción coadyuvantes a la mejor gestión y proyección de la posición exterior de España.

j) La coordinación de los organismos dependientes del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, de las entidades vinculadas al mismo y de los organismos de la Administración General del Estado, encargados de gestionar la imagen de España en el exterior.

k) La coordinación y redacción de informaciones, la producción y distribución informativa, y la realización de tareas de documentación y asesoramiento técnico.

2. Dependen de la Dirección General de Comunicación e Información Diplomática, con nivel orgánico de subdirección general:

a) La Subdirección General de la Oficina de Información Diplomática, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b), c) d) del apartado anterior.

b) La Subdirección General de Comunicación e Imagen Institucional y Diplomacia Pública, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras e), f), g), h), i) y j) del apartado anterior.

3. Asimismo, depende de la Dirección General de Comunicación e Información Diplomática la División de Organización Técnica, con el nivel orgánico que se determine en la relación de puestos de trabajo, a la que corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra k) del apartado 1.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-10-13.

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