Artículo 22. Régimen económico-financiero.
Artículo 22 del Real Decreto 1112/2015, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación. · BOE-A-2015-13780
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-01-01.
Texto consolidado
1. El régimen presupuestario, económico-financiero y de contabilidad de la ANECA será el establecido para los organismos autónomos en la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, y demás disposiciones vigentes en la materia.
2. Sin perjuicio de las competencias de fiscalización atribuidas al Tribunal de Cuentas, el control de la gestión económico-financiera de la ANECA corresponde a la Intervención General de la Administración del Estado y se ejercerá bajo la modalidad de control financiero permanente, en las condiciones y en los términos que establece la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, a través de la Intervención Delegada en la ANECA que dependerá funcional y orgánicamente de la Intervención General de la Administración del Estado.
3. La ANECA estará sometida a un control de eficacia, ejercido por el Ministerio competente en materia de Universidades, que tendrá como finalidad comprobar el grado de cumplimiento de sus objetivos y la adecuada utilización de los recursos asignados, sin perjuicio del control establecido al respecto por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre.