El Vínculo El Vínculo.
Ley Foral Vigente

Artículo 22. Ayudas en el ámbito laboral.

Artículo 22 de la Ley Foral 9/2010, de 28 de abril, de ayuda a las víctimas del terrorismo. · BOE-A-2010-8617

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-05-11.

Texto consolidado

La Administración de la Comunidad Foral de Navarra, al objeto de prestar la mejor atención en el ámbito laboral de aquellas personas que como consecuencia de un acto terrorista sufran daños que les imposibiliten para el normal desempeño de su puesto de trabajo, diseñará planes de reinserción profesional y programas de autoempleo que, siempre con carácter gratuito, permitan la mejor adaptación de dichas personas a la actividad laboral. Además, generará las ayudas que estime oportunas para facilitar a los afectados la creación de nuevas empresas. Asimismo, impulsará que, dentro de la Responsabilidad Social corporativa de las empresas, se contrate de forma prioritaria a estas personas víctimas del terrorismo.

La responsabilidad de generar estos programas y planes recaerá sobre el Departamento competente en la materia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-05-11.

Más artículos de Ley Foral 9/2010

En El Vínculo puedes leer Ley Foral 9/2010 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.