Artículo 22. Estructura de las Policías Locales de Navarra.
Artículo 22 de la Ley Foral 23/2018, de 19 de noviembre, de las Policías de Navarra. · BOE-A-2018-16533
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-11-21.
Texto consolidado
De acuerdo con las ratios establecidas en el artículo anterior, las Policías Locales de Navarra contarán, al menos, con los siguientes empleos:
a) Entidades Locales de entre 7.000 y 10.000 habitantes: mínimo 6 Agentes y 1 Agente Primero o Agente Primera.
b) Entidades Locales de más de 10.000 habitantes: mínimo 12 Agentes y 3 Agentes Primeros.