Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.
Artículo 22 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.
Texto consolidado
Para el 1 de enero de 2027, la cantidad de residuos domésticos y comerciales vertidos será como máximo del 25%.