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Ley Foral Vigente

Artículo 22. Vertido de residuos domésticos y comerciales.

Artículo 22 de la Ley Foral 14/2018, de 18 de junio, de Residuos y su Fiscalidad. · BOE-A-2018-8953

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-06-23.

Texto consolidado

Para el 1 de enero de 2027, la cantidad de residuos domésticos y comerciales vertidos será como máximo del 25%.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-06-23.

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