Artículo 22. El plan de acción anual e informe general de actividad y los contratos de gestión plurianual.
Artículo 22 de la Ley 9/2022, de 30 de noviembre, de la Agencia de Ciencia, Competitividad Empresarial e Innovación. · BOE-A-2023-1605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-12.
Texto consolidado
1. La Dirección Ejecutiva de la Agencia elaborará y elevará para su aprobación al Consejo Rector el plan de acción anual y el informe general de actividad.
2. El plan de acción anual se elaborará sobre la base de los recursos disponibles.
3. En el primer trimestre de cada año, el titular de la Dirección Ejecutiva de la Agencia informará a la Consejería de adscripción acerca de la ejecución y del cumplimiento de los objetivos fijados en el plan de acción anual durante el anterior ejercicio.
4. La Consejería de adscripción, a propuesta del Consejo Rector, y previo informe de las Consejería con competencias en materia económica y presupuestaria y de la Consejería con competencias en materia de función pública, podrá aprobar contratos de gestión plurianuales vinculados a programas de actividades específicos, con el objeto regular la actividad de la Agencia y las relaciones recíprocas entre esta y la Administración del Principado de Asturias para la financiación de dichos programas de actividad.
5. Estos documentos se publicarán en el Portal de Transparencia, y la ciudadanía tendrá acceso a su contenido desde su aprobación.