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Ley Vigente

Artículo 22. Modificación y cancelación de la inscripción.

Artículo 22 de la Ley 8/2021, de 17 de noviembre, de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria. · BOE-A-2022-1276

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-11-25.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en materia de memoria histórica y democrática, podrá proponer la modificación de la inscripción de los bienes inscritos en el Inventario de Lugares de Memoria Histórica y Democrática de Cantabria y podrá promover la cancelación de la inscripción de los Lugares de Memoria Histórica y Democrática cuando hayan cambiado o desaparecido las circunstancias que motivaron su inscripción.

2. La modificación y la cancelación de la inscripción de los lugares se realizará siguiendo el procedimiento establecido en el artículo anterior para su inscripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-11-25.

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