Artículo 22. Planes y programas.
Artículo 22 de la Ley 8/2013, de 29 de octubre, de la Ciudadanía Castellana y Leonesa en el Exterior. · BOE-A-2013-11941
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-11-25.
Texto consolidado
1. La Administración de la Comunidad de Castilla y León, en colaboración con las entidades locales y oído el órgano sectorial de participación y coordinación al que hace referencia el artículo 25 de esta ley, elaborará la planificación estratégica plurianual en la que se establecerán el marco, los programas, las directrices, las medidas y los mecanismos de evaluación para la consecución de los fines de esta ley y la coordinación de las actuaciones de los poderes públicos que en ella se contemplan en favor de los ciudadanos oriundos o procedentes de Castilla y León, así como los retornados.
2. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, dentro del marco de sus respectivas competencias, consignarán en sus presupuestos las dotaciones que estimen convenientes para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley.