Artículo 22.
Artículo 22 de la Ley 8/1994, de 23 de diciembre, de Cajas de Ahorros. · BOE-A-1995-4581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-01-22.
Texto consolidado
La Consejería de Economía y Hacienda podrá establecer las directrices a seguir en materia de obra social y otros fines, indicando las carencias y prioridades dentro del más absoluto respecto a la libertad de las Cajas de Ahorros para la elección de las inversiones concretas.