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Ley Vigente

Artículo 22. Funciones relativas a la información administrativa.

Artículo 22 de la Ley 7/2014, de 26 de septiembre, de archivos y documentos de Galicia. · BOE-A-2014-10825

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-27.

Texto consolidado

En el marco de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, son funciones de los archivos públicos en el campo de la información administrativa:

a) Facilitar a las instituciones de las que dependan la consulta de cuantos datos sean necesarios para el cumplimiento de las actividades relacionadas con el ámbito de su competencia.

b) Prestar a las instituciones productoras cuantos documentos originales sean necesarios para el cumplimiento de las actividades relacionadas con el ámbito de su competencia.

c) Facilitar a las personas e instituciones públicas reconocidas por la legislación vigente cuantos datos y documentos necesiten para el ejercicio de sus competencias de inspección, jurisdicción y control.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-10-27.

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