Artículo 22. Objeto y ámbito de aplicación.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-04-01.
Texto consolidado
1. El presente capítulo tiene por objeto la regulación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos.
2. El impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos es exigible en todo el territorio de Cataluña.
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- Ver la norma completa: Ley 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.