Artículo 22. Capitalización íntegra de la prestación por desempleo.
Artículo 22 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de Fomento y Consolidación del Emprendimiento, el Trabajo Autónomo y las Pymes en la Comunidad Autónoma de Canarias. · BOE-A-2014-9900
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-08-08.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias promoverá un convenio marco con las instituciones financieras que operan en la comunidad autónoma que se adhieran para que las personas emprendedoras que vayan a realizar su actividad como trabajador o trabajadora autónomo, y que hayan solicitado y obtenido del Servicio Público de Empleo Estatal la capitalización o pago único de la prestación por desempleo, puedan disponer anticipadamente, si lo requieren, de la totalidad del importe de la prestación, en condiciones ventajosas de tipos de interés y plazos de devolución.