Artículo 22. Financiación y gestión.
Artículo 22 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-12769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-09.
Texto consolidado
1. El Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación será financiado por los fondos procedentes de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y por las aportaciones de otras entidades públicas y privadas.
2. El Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación contendrá previsiones acerca de sus medios de financiación y los importes globales a destinar al mismo, ajustándose a la planificación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en materia de financiación de las actividades y actuaciones que en ella se contemplen. La aportación de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha a la financiación del Plan se incluirá en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. En línea con lo expuesto en los objetivos generales de esta ley, se incrementarán los fondos regionales destinados a la I+D+i, incluyendo lo destinado a las universidades con presencia en la región, dentro de los objetivos de inversión nacionales y europeos de forma que se aproximen progresivamente a los porcentajes de financiación del objetivo común europeo.
3. La consejería con competencias en I+D+i gestionará el Plan Regional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico e Innovación a través de la Agencia de Investigación e Innovación de Castilla-La Mancha.
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- Ver la norma completa: Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha.