Artículo 22. Procedimientos de provisión de puestos de trabajo y movilidad del personal.
Artículo 22 de la Ley 4/2008, de 24 de noviembre, por la que se crea la Agencia Cántabra de Administración Tributaria. · BOE-A-2008-20584
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-12-03.
Texto consolidado
1. La Agencia elaborará impulsará y resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario, de conformidad con los principios generales y procedimientos de provisión establecidos en la normativa aplicable en materia de función pública. A la cobertura de estos puestos de trabajo podrá concurrir el personal funcionario perteneciente a cuerpos o escalas no adscritos a la Agencia, cuando así lo establezca la correspondiente relación de puestos de trabajo.
Igualmente, la Agencia impulsará y resolverá las correspondientes convocatorias de provisión de puestos de trabajo de personal laboral, de conformidad con los principios generales y procedimientos establecidos, además de por la legislación laboral y por las demás normas convencionalmente aplicables, por los preceptos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público que así lo dispongan.
2. La movilidad del personal destinado en la Agencia podrá estar sometida a autorización previa en las condiciones y plazos que se determinen en el Reglamento de desarrollo, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de función pública.