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Ley Vigente

Artículo 22.

Artículo 22 de la Ley 4/1997, de 9 de julio, de Prevención y Asistencia en Materia de Drogas. · BOE-A-1997-18301

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-20.

Texto consolidado

Queda prohibida, a los menores de dieciocho años, la venta de colas y demás productos industriales inhalables con efectos euforizantes o depresivos.

Queda excluida de esta prohibición la venta a mayores de dieciséis años que acrediten el uso profesional de estos productos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-20.

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