Artículo 22. Observatorio de la calidad.
Artículo 22 de la Ley 3/2007, de 1 de marzo, de Calidad de los Servicios Sociales. · BOE-A-2007-6610
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-09.
Texto consolidado
El Observatorio de la calidad será la plataforma de análisis periódico y uniforme de la percepción ciudadana sobre los Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja e integrará a representantes de los centros, servicios o unidades administrativas prestadoras de Servicios Sociales así como a los agentes socioeconómicos que se determinen reglamentariamente.