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Ley Vigente

Artículo 22. Gradación de las sanciones.

Artículo 22 de la Ley 3/2005, de 20 de abril, de protección del medio nocturno de las Illes Balears. · BOE-A-2005-8460

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-04-29.

Texto consolidado

Las sanciones se gradúan teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) La intencionalidad de la persona infractora.

b) El grado de participación en el hecho por otro título que el de autor.

c) La reincidencia, si por resolución firme se ha declarado la comisión en el plazo de un año de más de una infracción de la misma naturaleza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-04-29.

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