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Ley Vigente

Artículo 22. Fines.

Artículo 22 de la Ley 2/2019, de 21 de febrero, de aprendizaje a lo largo de la vida adulta en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2019-5575

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-03-26.

Texto consolidado

El sistema integrado de aprendizaje para el desarrollo personal y social tiene los siguientes fines:

a) Hacer efectivo el derecho a la educación permanente de toda persona adulta, consiguiendo la formación básica que le proporcione los instrumentos académicos y culturales necesarios para desarrollarse como ciudadano consciente y libre.

b) Facilitar el acceso a las distintas enseñanzas del sistema educativo.

c) Estimular un desarrollo intelectual y afectivo que permitan el aprendizaje autónomo y la actualización personal y profesional.

d) Favorecer el desarrollo de la autoestima, la autonomía y las responsabilidades personales, familiares y parentales, ayudando a las personas a ser flexibles, sensibles, solidarias, participativas, a valorar y respetar las diferencias y enriquecerse con ellas.

e) Promover estilos de vida saludables.

f) Favorecer la integración en el medio, potenciando actitudes y valores sociales positivos que fomenten la igualdad y faciliten a las personas la participación en el ámbito familiar, laboral y local.

g) Desarrollar la capacidad de participación en la vida social, cultural, política y económica.

h) Promover el desarrollo comunitario, potenciando los cauces estructurales existentes en la zona y desarrollando procesos de toma de conciencia y de organización que permitan el fortalecimiento del tejido social.

i) Responder adecuadamente a los desafíos que supone el envejecimiento progresivo de la población, asegurando a las personas de mayor edad la oportunidad de incrementar y actualizar sus competencias.

j) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, y la contribución al impulso del reparto equilibrado de responsabilidades familiares, así como analizar y valorar críticamente las desigualdades entre ellos.

k) Favorecer el protagonismo de la persona en la elección de su itinerario formativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-03-26.

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