Artículo 22. Presupuesto consolidado.
Artículo 22 de la Ley 18/2007, de 17 de diciembre, de la radio y televisión de titularidad autonómica gestionada por la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA). · BOE-A-2008-1185
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-01-15.
Texto consolidado
1. Sin perjuicio del presupuesto de la RTVA y del presupuesto separado de cada una de las sociedades filiales, se ha de establecer un presupuesto de explotación y de capital de forma consolidada, de conformidad con lo previsto en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Se autoriza, en virtud de la presente Ley, el régimen de minoración de ingresos respecto al presupuesto de la RTVA.
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