Artículo 22. Revisión.
Artículo 22 de la Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales. · BOE-A-2001-1617
Atención: Ley 16/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los actos de gestión, de inspección y de recaudación dictados en el ámbito del impuesto sobre grandes establecimientos comerciales pueden ser objeto de reclamación económico-administrativa ante la Junta Superior de Finanzas, sin perjuicio de la interposición previa, con carácter potestativo, del recurso de reposición ante el órgano que ha dictado el acto impugnado.