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Ley Vigente

Artículo 22. Confidencialidad.

Artículo 22 de la Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2002-4378

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

Texto consolidado

1. Las Administraciones Públicas actuantes tomarán las medidas oportunas para que, en el curso del procedimiento administrativo, quede garantizada la confidencialidad de los datos suministrados por los solicitantes, que deben limitarse a los imprescindibles para acceder a la Renta Mínima de Inserción. En cualquier caso, se velará por la estricta observancia de la legislación vigente, de ámbito estatal y autonómico, referida a la protección de datos de carácter personal y al uso de la informática en el tratamiento de los datos personales.

2. Todas las personas y todos los Organismos que intervengan en cualquier actuación referente a la Renta Mínima de Inserción quedan obligados a mantener secreto sobre los datos personales y la identidad de los destinatarios de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-01.

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