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Ley Vigente

Artículo 22. Modificación del artículo 108.

Artículo 22 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de medidas financieras. · BOE-A-2006-1183

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

Texto consolidado

Se modifica el apartado 1 del artículo 108 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, relativo a la tasa por servicios sanitarios, que queda redactado en los siguientes términos:

«1. Centros, servicios y establecimientos sanitarios, a excepción de los establecimientos farmacéuticos.

a) Por la autorización sanitaria de instalación, funcionamiento, modificación, cierre y de renovación de un centro sanitario con internamiento y de los servicios sanitarios que se presten en los centros con internamiento.

Autorización de instalación: 102,15 euros.

Autorización de funcionamiento: 164,00 euros.

Autorización de modificación: 102,15 euros.

Verificación de cierre: 164,00 euros.

Autorización de renovación: 164,00 euros.

b) Por la autorización sanitaria de instalación, funcionamiento, modificación, cierre y de renovación de un centro sanitario sin internamiento y de los servicios sanitarios que se presten en los centros sin internamiento.

Autorización de instalación: 61,90 euros.

Autorización de funcionamiento: 74,60 euros.

Autorización de modificación: 61,90 euros.

Verificación de cierre: 74,60 euros.

Autorización de renovación: 74,60 euros.»

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-01.

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