El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 22. Sanciones accesorias.

Artículo 22 de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre, de medidas para la vivienda protegida y el suelo. · BOE-A-2005-20662

Atención: Ley 13/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

A quienes incurran en infracciones graves o muy graves previstas en la presente Ley, se podrán imponer, además, las siguientes sanciones accesorias:

a) La pérdida y devolución con los intereses legales de las ayudas económicas percibidas, en caso de infracciones al régimen de financiación protegida en la promoción y adquisición de viviendas.

b) La inhabilitación de la persona infractora para promover o participar en promociones de viviendas protegidas o actuaciones protegidas por la Comunidad Autónoma durante el plazo máximo de tres años, para las infracciones graves, o de seis años, para las infracciones muy graves.

c) La pérdida de la condición de Agencia de Fomento del Alquiler.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-12-11.

Más artículos de Ley 13/2005

En El Vínculo puedes leer Ley 13/2005 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.