Artículo 22. Principios de contratación de las entidades concertadas.
Artículo 22 de la Ley 12/2018, de 15 de noviembre, de servicios a las personas en el ámbito social en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. · BOE-A-2018-16678
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-12-12.
Texto consolidado
Las entidades que colaboren mediante acción concertada o cooperación directa y que no tengan la condición de poder adjudicador, aplicarán, siempre que sea posible, los principios de transparencia y concurrencia cuando deban realizar contratos.