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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 22. Control.

Artículo 22 de la Ley 12/2014, de 16 de diciembre, de Transparencia y Participación Ciudadana de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. · BOE-A-2015-184

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-07-10.

Texto consolidado

1. El cumplimiento por parte de las entidades e instituciones a las que se refiere este capítulo de las obligaciones de publicidad señaladas en los artículos anteriores será objeto de control por parte del Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia, de acuerdo con las atribuciones que se le confieren en esta ley.

2. El Comisionado de Transparencia de la Región de Murcia podrá efectuar, por iniciativa propia o como consecuencia de denuncias, requerimientos para la subsanación de los incumplimientos que pudieran producirse de las obligaciones establecidas en este capítulo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-07-10.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-15430.

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