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Ley Vigente

Artículo 22. Objetivos.

Artículo 22 de la Ley 11/2023, de 30 de marzo, de uso estratégico de la contratación pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-10876

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-17.

Texto consolidado

1. Los entes del sector público autonómico y local promoverán en su contratación, de manera transversal, la adopción de medidas sociales, medioambientales y de innovación. A estos efectos, en los contratos se incorporarán cláusulas de carácter social, ambiental e innovador, de tal forma que permitan a los entes del sector público la consecución de objetivos adicionales a los perseguidos en ausencia de estas cláusulas. No se considerarán estratégicas las cláusulas que se limiten a recordar el cumplimiento de la normativa vigente.

2. Para garantizar la finalidad prevista en el apartado anterior, se mantendrá actualizada la documentación que rija la licitación ante cambios técnicos y normativos, con el fin de mejorar el contenido y la ejecución de los contratos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-05-17.

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