Artículo 22. Registro de Perros de Asistencia de Andalucía.
Artículo 22 de la Ley 11/2021, de 28 de diciembre, por la que se regulan los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía. · BOE-A-2022-759
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-23.
Texto consolidado
Se crea el Registro de Perros de Asistencia de Andalucía, adscrito a la Consejería competente en materia de Servicios Sociales, al objeto de inscribir los perros de asistencia, las unidades de vinculación y los centros de adiestramiento oficialmente reconocidos. Su contenido y funcionamiento se desarrollarán reglamentariamente.