Artículo 22. Revisión.
Artículo 22 de la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia. · BOE-A-2008-19734
Atención: Ley 10/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los planes de residuos de la Xunta de Galicia se revisarán:
1. En los plazos previstos en los mismos, que no excederán del plazo máximo de diez años.
2. En cualquier caso, cuando concurriesen circunstancias sobrevenidas que lo hagan necesario, y, especialmente, para adaptar su contenido a las exigencias que se deriven de las modificaciones que se produzcan en la normativa autonómica, estatal y comunitaria en la materia de que se trate.