Artículo 22. Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, SA (AVAPSA).
Artículo 22 de la Ley 1/2013, de 21 de mayo, de Medidas de Reestructuración y Racionalización del Sector Público Empresarial y Fundacional de la Generalitat. · BOE-A-2013-6047
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-05-24.
Texto consolidado
1. Se incorporarán la totalidad de las acciones de titularidad de la Generalitat y representativas del 100 por cien del capital social de la mercantil Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, SA, a favor del Instituto Valenciano de Acción Social, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional duodécima de la Ley 14/2003, de 3 de abril, de Patrimonio de la Generalitat, y en los términos y plazos previstos en la disposición transitoria primera, apartado 3, de la presente norma.
2. Incorporadas las acciones, se procederá de forma inmediata a la extinción de la mercantil Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, SA, mediante la cesión global de su activo y pasivo a favor del Instituto Valenciano de Acción Social, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 81.2 y 89.2 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles, y disposición final primera de la presente norma, sin practicarse la liquidación.
3. Efectuada la extinción de la mercantil Agencia Valenciana de Prestaciones Sociales, SA, toda mención a la misma que figure en el ordenamiento jurídico, planes y programas deberá entenderse realizada al Instituto Valenciano de Acción Social.
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