Artículo 22.
Artículo 22 de la Ley 1/1992, de 7 de mayo, de Pesca Fluvial. · BOE-A-1992-22500
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-02-24.
Texto consolidado
(Anulado)
Se declara que el artículo es contrario al orden constitucional de distribución de competencias por Sentencia del TC 15/1998, de 22 de enero. Ref. BOE-T-1998-4186.
Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación del artículo por auto del TC de 23 de marzo de 1993. Ref. BOE-A-1993-8970.
Se suspende la vigencia y aplicación del artículo, desde la fecha de interposición del recurso para las partes en el proceso y desde el 4 de noviembre de 1992 para los terceros, por providencia del TC de 27 de octubre de 1992, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad nº 2559/1992. Ref. BOE-A-1992-24413.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 4 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1998-4186.