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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 22.2-2 Exenciones.

Artículo 22.2-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Texto consolidado

Están exentos del pago de la tasa:

a) Los organismos o entes pertenecientes al sector público de la Generalitat, así como las entidades locales de la Comunitat Valenciana.

b) Los organismos o instituciones públicas o privadas con las que el IVAM tenga establecido un acuerdo o convenio de intercambio de préstamos o servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2024-2666.

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