Artículo 219.
Artículo 219 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración Local de Galicia. · BOE-A-1997-21040
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-06.
Texto consolidado
Las Entidades Locales territoriales están legitimadas para impugnar las disposiciones y actos de la Administración de la Comunidad Autónoma que lesionen su autonomía.