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Ley Vigente

Artículo 218. Sentencias recurribles.

Artículo 218 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social. · BOE-A-2011-15936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-11.

Texto consolidado

Son recurribles en casación para la unificación de doctrina, las sentencias dictadas en suplicación por las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-11.

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