Artículo 218. Régimen de la Administración General, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado.
Artículo 218 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. · BOE-A-2006-10085
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-05-29.
Texto consolidado
La Administración General de la Comunidad, los organismos autónomos y los entes públicos de derecho privado, estarán sujetos al régimen de contabilidad pública y deberán aplicar los principios contables públicos previstos en el artículo 215, así como los principios y normas establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública de Castilla y León y sus normas de desarrollo.