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Real Decreto Vigente

Artículo 216.

Artículo 216 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1981-14095

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

Texto consolidado

A efectos de determinar la competencia territorial de los Tribunales u Organismos que hayan de intervenir en las reclamaciones de los reclusos trabajadores, se entenderá que el domicilio de éstos es el del Establecimiento Penitenciario en el que estuvieren internados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1981-07-23.

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