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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 216. Hecho imponible.

Artículo 216 del Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2004-90019

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios del Registro administrativo de Sociedades Laborales de Aragón consistentes en las siguientes actividades:

1. Por expedición de certificaciones, a instancia de parte; por trámites administrativos que requieran informe, consulta o búsqueda en archivos administrativos.

2. Por copia de documentos que obran en poder del Registro.

3. Por trámites que motivan inscripción en el Registro administrativo:

– Calificación e inscripción como Sociedad Laboral.

– Mantenimiento de la calificación como Sociedad Laboral:

Modificación del carácter de las participaciones sociales.

Ampliaciones del capital social.

Cambio del domicilio.

– Autorización para superar los límites de horas/año trabajadas por contratados indefinidos.

– Descalificación como Sociedad Laboral.

– Cualquier otro exigido por la legislación aplicable.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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