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Ley Vigente

Artículo 213. Documentación.

Artículo 213 de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. · BOE-A-2017-10295

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-09-01.

Texto consolidado

1. Las solicitudes para el establecimiento y adjudicación de iniciativa urbanística privada deberán venir acompañadas de los siguientes documentos:

a) Memoria de gestión.

b) Bases de actuación del sistema.

c) Estatutos de la entidad urbanística de gestión.

d) Proyecto de reparcelación.

e) Proyecto expropiatorio, salvo en el sistema de concierto.

f) Proyecto de urbanización.

g) Convenio urbanístico que sea necesario.

h) Acreditación de prestar garantía para asegurar la correcta ejecución de la actuación, incluyendo el pago de los justiprecios que correspondan, que no podrán ser inferiores al 15% del coste previsto para las obras en el proyecto de urbanización.

i) Declaración jurada de los gastos en que incurre la iniciativa, para el caso en que devengan inservibles.

2. Los anteriores documentos se podrán ajustar antes de su aprobación en función de la decisión que tomen los propietarios no promotores, así como del contenido de los informes municipales preceptivos. En este caso, se dejará constancia en el expediente de la motivación de los cambios introducidos.

3. No obstante, el proyecto de urbanización podrá ser presentado con posterioridad a la adjudicación del sistema, quedando diferida a ese momento la garantía a que se refiere la letra h) del apartado 1 de este artículo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-09-01.

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