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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 21. Contenido y fines.

Artículo 21 del Real Decreto 889/2006, de 21 de julio, por el que se regula el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida. · BOE-A-2006-14017

Atención: Real Decreto 889/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Registro de Control Metrológico deberá incorporar la siguiente información:

a) Datos relativos a las personas físicas o jurídicas que actúan en el ámbito del control metrológico del Estado, según lo establecido en el artículo octavo de la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología.

b) Datos relativos a las entidades que puedan ser designadas como organismos notificados, de control metrológico y autorizados de verificación metrológica en territorio español para la realización de sus actividades en el marco del control metrológico del Estado.

c) Datos relativos a los resultados de las actividades relacionadas con los procedimientos de evaluación de la conformidad que se contemplan en el capítulo II.

d) Datos relativos a los resultados de las actividades de vigilancia e inspección reguladas en el presente real decreto.

e) Aquellos que se determinen por el Consejo Superior de Metrología.

2. El presente registro se regula con el fin de:

a) Incorporar, mantener, custodiar los datos relativos a las actuaciones que, en aplicación del presente real decreto lleven a cabo las Administraciones públicas y los organismos de actuación en el marco que les corresponda, de entre las relacionadas en el artículo 6, así como lo determinado en el artículo 17.5.

b) Ofrecer a las Administraciones públicas la información necesaria para poder realizar una actividad coordinada del control metrológico del Estado.

c) Dar publicidad a los hechos y actos que afectan al control metrológico del Estado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-04-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-5548.

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