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Real Decreto Vigente

Artículo 21. Sesiones del Pleno.

Artículo 21 del Real Decreto 785/2022, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento interno del Consejo de la Guardia Civil. · BOE-A-2022-15760

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-09-29.

Texto consolidado

1. El Pleno del Consejo se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez cada tres meses para el despacho de los asuntos de su competencia.

En la última reunión ordinaria de cada año, se presentará el calendario de las sesiones ordinarias y de las comisiones previstas para el año siguiente.

2. El Pleno del Consejo se reunirá en sesión extraordinaria a iniciativa de la presidencia o a instancia de una tercera parte de las personas que ostentan las vocalías. En la convocatoria se incluirán los asuntos a tratar y se acompañará la documentación que se estime oportuna.

Las sesiones extraordinarias que se realicen a iniciativa de quienes ostentan las vocalías se celebrarán en el plazo máximo de quince días hábiles desde el registro de la última solicitud que conforme la proporción requerida en el párrafo anterior.

Si dentro de ese plazo estuviera prevista la celebración de una sesión ordinaria, la presidencia del Consejo podrá convocar ambas el mismo día.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-09-29.

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