Artículo 21. Registro de entidades con Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.
Artículo 21 del Real Decreto 669/2023, de 18 de julio, por el que se regula el Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I. · BOE-A-2023-16729
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-07-21.
Texto consolidado
El Ministerio de Ciencia e Innovación mantendrá un Registro público de las concesiones, renovaciones, renuncias voluntarias, suspensiones y revocaciones de este Distintivo de Igualdad de Género en I+D+I.