Artículo 21. Nombramiento y cese.
Artículo 21 del Real Decreto 663/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Parque Móvil del Estado, O.A. · BOE-A-2022-12927
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-22.
Texto consolidado
El Director General del Parque Móvil del Estado, O.A., es nombrado y separado mediante real decreto acordado en Consejo de Ministros, a propuesta de la persona titular del departamento de Hacienda y Función Pública.
Tendrá rango de director general y su nombramiento habrá de efectuarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, teniendo en cuenta los criterios de designación previstos en el artículo 66.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad, el Director General será sustituido en los términos previstos en el artículo 23.2.