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Real Decreto Vigente

Artículo 21. Prescripción de las infracciones.

Artículo 21 del Real Decreto 292/2018, de 18 de mayo, por el que se regula el procedimiento de acceso y el régimen de prestación de la formación profesional marítima y sanitaria del Instituto Social de la Marina. · BOE-A-2018-7512

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-07-01.

Texto consolidado

Las infracciones leves prescribirán a los quince días, las infracciones graves a los treinta días y las infracciones muy graves a los sesenta días, contados todos ellos desde la fecha en la que el centro tuvo conocimiento de la comisión y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido. Dichos plazos quedarán interrumpidos por cualquier acto propio del procedimiento disciplinario instruido.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-07-01.

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