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Real Decreto Vigente

Artículo 21. Retribución correspondiente a los costes de comercialización.

Artículo 21 del Real Decreto 216/2014, de 28 de marzo, por el que se establece la metodología de cálculo de los precios voluntarios para el pequeño consumidor de energía eléctrica y su régimen jurídico de contratación. · BOE-A-2014-3376

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-11-26.

Texto consolidado

La retribución correspondiente a los costes de comercialización a considerar en el cálculo del PVPC incluirá:

a) Una retribución por los costes de explotación en que incurra una empresa eficiente y bien gestionada para el ejercicio de la actividad de comercialización de referencia;

b) Una retribución por la actividad de comercialización de referencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-11-26.

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