Artículo 21.
Artículo 21 del Real Decreto 1593/1988, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, formación, promoción y perfeccionamiento de funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. · BOE-A-1989-113
Atención: Real Decreto 1593/1988 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. El acceso a las plazas de facultativos y técnicos del Cuerpo Nacional de Policía se efectuará a través del sistema de concurso, en la forma que se establece en el presente capítulo.
2. Los procedimientos de selección y acceso del personal facultativo y técnico se regirán por las bases de la convocatoria respectiva, que se ajustará a lo dispuesto en el presente Reglamento.