Artículo 21.
Artículo 21 de la Orden de 23 de enero de 1964 por la que se aprueban los Estatutos Generales por los que ha de regirse el Colegio Nacional de Ingenieros procedentes del Instituto Católico de Artes e Industrias. · BOE-A-1964-3432
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1964-02-26.
Texto consolidado
El Decano autorizará, con su firma, la ejecución y cumplimiento de los acuerdos del Colegio y ordenará los pagos.